Honorable Cámara de Diputados Provincia de Corrientes
Sistema de Diarios de Sesiones de la Convención Constituyente de 1993 - En Línea

Convención Constituyente de 1993


DIARIO DE SESIONES

H. CONVENCION CONSTITUYENTE

V REUNION - 1ra SESION ESPECIAL

18 de enero de 1993

PRESIDENCIA: del titular, convencional constituyente Dr. Carlos Alberto Contreras Gómez.
SECRETARIA: de la titular, Dra. Margarita Sánchez D'Andrea de Canteros.
PROSECRETARIA: del titular, Dr. Ciro Roberto Iglesia

CONVENCIONALES PRESENTES

ACEBAL, Oscar Ricardo
BRAILLARD POCCARD, Néstor P.
CANONIERO, Ricardo
CASTILLO ODENA, Tomas E.
COLOMBO, Horacio Alberto
CONTRERAS GOMEZ, Carlos A.
FERREIRA QUIROZ, Juan R.
GALIANA, Enrique Eduardo
GOMEZ, Carlos Maria E.
GOMEZ CULLEN, Roberto
MIDON, Mario Antonio R.
MORAY, Héctor Luis
NICOLINI, Etheil Amaury
PALMA, Juan Ramón
PANDO, Ana Maria
PARDO, Ángel Francisco
PEREZ, Conrado Rudy
QUEIROLO, Luis Antonio
REGUNAGA, Carlos Maria
REPETTO, Leonardo A.
RICER, Abraham
RODRÍGUEZ, Horacio Julio
RUIZ, Juan Alberto
VALLEJOS AÑASCO de meza, DORA l.
VIUDES DE DAMONTE, Isabel J.

CONVENCIONALES AUSENTES
ACOSTA MUR, Luis Alberto
DIAZ COLODRERO, Agustín
SOSA, Manuel Félix
SUMARIO
-Constatación del quórum para sesionar.
-Izamiento del Pabellón Nacional.
-Orden del Día.
-Resolución de convocatoria de la sesión especial.
-Nota aclaratoria por falta de aviso de la sesión especial.
-Nota No 32, nómina de convencionales notificados para la sesión especial.
-Lectura de los proyectos presentados.

En Corrientes, a dieciocho de enero de mil novecientos noventa y tres reunidos en el recinto de sesiones de la H. Legislatura de la Provincia los señores convencionales constituyentes y siendo la hora 20 y 39, dice el

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Por secretaria se pasara lista.
Así se hace. Se verifica la presencia de treinta y cuatro señores convencionales y la ausencia de : Acosta Mur, Díaz Colodrero, Galfrascoli, Ruiz y Sosa.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Con la presencia de treinta y cuatro señores convencionales, existiendo quórum, se da por iniciada la sesión.
Invito a los señores convencionales Galiana y Garay a izar el Pabellón Nacional.
Puestos de pie los señores convencionales y público presente, los señores Galiana y Garay proceden a izar el Pabellón Nacional. (Aplausos).


SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Se omite la lectura del Orden del Día cuya inserción se hará en el Diario de Sesiones.

ORDEN DEL DIA
1a SESION ESPECIAL DEL 18 DE ENERO DE 1993. A LA HORA 20
ASUNTOS ENTRADOS

1-COMUNICACIONES OFICIALES.
2-COMUNICACIONES PARTICULARES.
3-PROYECTOS PRESENTADOS POR LOS SRES. CONVENCIONALES.

1-Expte. 007/93.- Diputados constituyentes de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista y Unión cívica Radical propician proyecto de reforma por el que se incorpora en el titulo Disposición Transitoria de la Constitución Provincial un texto sobre el funcionamiento del Colegio Electoral.

2-Expte. 008/93.- Diputados constituyentes de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal propician proyecto de reforma que establece quien asumirá en caso de acefalia del Poder Ejecutivo.

4-EXPEDIENTES CON DESPACHO DE COMISION QUE VAN A PRENSA.


MARGARITA SÁNCHEZ D'ANDREA DE CANTEROS
Secretaria
H. Convención Constituyente


SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). A continuación, por secretaria se dará lectura a la resolución de convocatoria para esta Sesión Especial y a la nota de solicitud presentada por un grupo de señores convencionales.

RESOLUCIÓN No 004/93.-
Corrientes, 18 de Enero de 1993

VISTO:
La solicitud de Sesión Especial formulada por convencionales constituyentes de distintos bloques políticos y :
CONSIDERANDO:
Que los fundamentos de lo peticionado y los proyectos de ley que acompañan son motivos y hacen viables y urgente la convocatoria a Sesión Especial.
Que es necesario dar una pronta solución al funcionamiento del Colegio Electoral por .los hechos que son de dominio público.

POR ELLO:
LA PRESIDENCIA DE LA HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES

R E S U E L V E
Art. 1o.- CITASE, a Sesión Especial para el día 18 de enero de 1993 a las 20.00 horas a los fines de dar entrada y eventual tratamiento a los proyectos de ley sobre funcionamiento del Colegio Electoral y acefalia del Poder Ejecutivo.

Art. 2o. .-POR secretaria se harán la s comunicaciones pertinentes.

Art. 3o. .- COMUNIQUESE, cumplido archívese.

CARLOS ALBERTO CONTRERAS COMEZ
Presidente
H. Convención constituyente

MARGARITA SÁNCHEZ D'ANDREA DE CANTEROS
Secretaria
H. Convención Constituyente

CORRIENTES, 17 de Enero de 1993.
Señor
Presidente de la Honorable
Convención Constituyente

Dr. CARLOS A. CONTRERAS GOMES.
S / D
Los abajo firmantes en razón de la urgencia en dar solución al funcionamiento del Colegio Electoral por lo hechos que son de dominio público, solicitamos a Ud. se convoque a Sesión Especial para el día 18 (dieciocho) de enero de 1993 a las 20 horas, a los fines de tratar el proyecto de Reforma constitucional que se acompaña vinculado al funcionamiento del Colegio Electoral y Acefalia del Poder Ejecutivo.
Lo antes dicho se funda en lo previsto en el Reglamento del H. Cuerpo, Arts. 1° de la Resolución Nro. 3/93 y 27 y siguientes del Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Sin otro particular, saludamos a Ud. con atenta consideración.

NICOLAS A. GARAY
Diputado
Convención Constituyente

CARLOS REGUNAGA
Diputado
Convención Constituyente

ROBERTO GÓMEZ CULLEN
Diputado
Convención Constituyente

CARLOS LUIS TOMASELLA
Diputado
Convención Constituyente

MARIO R. MIDON
Diputado
Convención Constituyente

TOMAS CASTILLO ODENA
Diputado
Convención Constituyente



SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra la señora convencional Viudes de Damonte.


SRA. VIUDES DE DAMONTE. Señor presidente, señores convencionales: la bancada del Frente de la Esperanza, jamás quiso entorpecer el procedimiento de la H. Convención Constituyente, pero no puede ser que nos tenga como se nos tuvo en el día de la fecha, que los diputados constituyentes que vivimos en esta ciudad, a escasas cinco cuadras de este recinto, hayamos sido notificados de esta sesión a la hora 18, posterior -por supuesto- a una participación en un programa radial de difusión en esta ciudad, donde alegue no conocer el temario por no estar notificada.
Creo, interpreto y entiendo que debemos comenzar ordenando las cosas y que el orden constituye algo fundamental para nosotros. Es fundamental que nos respetemos y se practiquen las notificaciones como corresponde porque sino difícilmente podremos venir a esta sesión conociendo el contenido y sabiendo los fundamentos de esta convocatoria a Sesión Especial, cuando es sabido que las Sesiones Ordinarias son los jueves y viernes.
Además, en la sesión preparatoria establecimos que para llamar a sesión extraordinaria la presidencia debía notificarnos con 24 horas de antelación. Esta no fue una reunión de comisión sino una reunión de la Convención y fuimos citados, algunos que vivimos acá, con dos horas de antelación y los que viven en el interior a 500 Kilómetros?.
Creo, interpreto y entiendo que debe cumplirse el requisito de las 24 horas si queremos que todos los convencionales participemos por igual de esta sesión.

-Ingresan en el recinto los convencionales Galfrascoli y Ruiz.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Por secretaria se dará lectura al artículo 35 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados.

SRA. SECRETARIA(Sanchez D'Andrea de Canteros). Artículo 35: ´´El presidente ordenará la correspondiente citacion para el día y hora que se hubiera determinado la realizacion de Sesión Extraordinaria o Especial, citacion ésta que se efectuara con 24 horas de anticipacion, salvo que razones de urgencia, extrordinarias o imprevistas, exijan un plazo menor''.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). En la fecha, la señora Gladis Lopez, secretaria de despacho, remitio una nota aclaratoria por la falta de aviso de la Sesión Especial del día de la fecha a los señores convencionales Insaurralde, Tannuri y Viudes de Damonte. Por Secretaria se dará lectura.
Los señores convencionales TANNURI, Jose Eduardo, INSAURRALDE, Walter e Isabel J. VIUDES DE DAMONTE consignaron su domicilio Legislativo en Carlos Pellegrini 1572 al ser erronea la direccion no se pudo entregar la citacion a Sesión Especial para el día de la fecha, constatandose en horas de la tarde que la numeracion correcta es 1571, cumpliendose el acto citatorio a las 18,00 horas.
GLADIS LOPEZ
Secretaria de Despacho

Habiendose comunicado a los señores Presidentes de Bloques en horas de la mañana aproximadamente 10,00 hs. el Sr. Convencional Angel Francisco Pardo recibio toda la documentacion referente a la Sesión Especial como Presidente del Bloque del Frente de la Esperanza.
GLADIS LOPEZ
Secretaria de Despacho


SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Por otro lado, obra en nuestro poder la nota número 32 del 18 de enero de 1993 expedida por el Ministerio de Gobierno y Justicia y la Jefatura de Policía de la Provincia, que comunica la nomina de convencionales notificados para la Sesión Especial.
Se dará lectura por Secretaria.

Corrientes, 18 de enero de 1993
J.P. N° 32
SEÑOR
PRESIDENTE H. CONVENCIÓN CONSTITUYENTE
DR. CARLOS CONTRERAS GÓMEZ

S / D:
Cumplo en dirigirme a Ud. con el objeto de llevar a su conocimiento que conforme, al requerimiento efectuado en v/nota de fecha 17 -ENE- 93 cuya fotocopia se adjunta, se han realizado las diligencias correspondientes y se recepcionaron informes dando el siguiente resultado:
A-Notificados personalmente
01-ACEVAL, Oscar Ricardo
02-BESWICK, Arturo Juan
03-.BIANCHI, Jorge A.
04- COLOMBO, Horacio A
05- FERREYRA QUIROZ, Juan
06-INSAURRALDE, Walter E.
07-NAVAJAS ARTAZA, Adolfo
08-PEREZ, Conrado Rudy
09-REPETTO, Leonardo
10-RODRIGUEZ, Julio H.
11-CANONIERO, Ricardo
B-Ausentes del domicilio
01-DASSORI, Oscar E.
02-DIAZ COLODRERO, Agustin
03-LAHOZ, Jose Fernando
04-PARDO, Angel Francisco
05-TANNURI, Jose E.

Es cuanto informo al respecto, haciendo propicia la circunstancia para saludarlo con la más atenta y distinguida consideración.

JUAN CARLOS SCARPA
Coronel (R)
Jefe Policía de Corrientes

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra el convencional Repetto.

SR. REPETTO. Señor presidente solicito que por secretaria se retire la parte donde se menciona que a mi se me notifico en forma personal.
¿en que domicilio y a que hora?.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Por secretaria se volverá a leer la nota N° 32 del 18 de enero del corriente.
-Se lee nuevamente.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra el señor convencional Repetto.

SR. REPETTO. Señor presidente, ratificando lo dicho por la convencional Viudes de Damonte, vivo a 500 Kilómetros de esta Capital y fui notificado a las 4 y 30 de la mañana en Monte Caseros, a pesar de que nosotros habíamos establecido que con 24 horas de antelación íbamos a ser notificados en caso de reunión de comisión. Se nos hace sumamente difícil, a los que vivimos a una distancia de 500 kilómetros de esta capital, concurrir teniendo en cuenta también que se nos notifica a las 4 y 30 en Monte Caseros.
Entiendo que no estamos cumpliendo con lo que corresponde más allá de lo que establece el artículo 35 que se leyó por secretaria. Solicito que se tenga consideración con aquellos constituyentes que no somos de esta capital, más allá del domicilio legislativo que hayamos establecido en el cual fui notificado a la hora 19.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). La presidencia toma nota de las expresiones de los diputados constituyentes Viudes de Damonte y Repetto. Oportunamente en la medida en que sea posible se cumplirá con el plazo de 24 horas a que se refiere, pero también hago saber a los señores diputados constituyentes, que en caso de urgencia aplicare el articulo 35.
Tiene la palabra el convencional Ruiz.

SR. RUIZ. El artículo 35 que fue aplicado en esta oportunidad dice textualmente: ´´ El presidente ordenará la correspondiente citación para el día y hora que se hubiese determinado la realización de Sesión Extraordinaria o Especial, citación esta que se efectuara con 24 horas de anticipación, salvo que razones de urgencia, extraordinarias o improvistas, exijan un plazo menor''.
Es decir que la norma está estableciendo un procedimiento regular y una excepción para un caso particular, que es en el que se encuentra esta sesión. En esta ocasión supongo, quiero suponer, que habrá algún instrumento jurídico en la Convención Constituyente, en la Presidencia o en la Secretaria, en el que se expliquen cuales son los fundamentos, cuales son las razones de urgencia, extraordinarias o improvistas que ha exigido un plazo menor para esta convocatoria, habida cuenta de que es de público conocimiento que hay muchos o varios señores convencionales -como lo acaba de decir el señor diputado constituyente Repetto- que viven a muchos kilómetros de distancia.
Esta circunstancia hace que realmente las razones que motivan una situación de urgencia, con menor antelación de la establecida por la norma, tiene que ser debidamente fundada.
Por lo tanto, concretamente, solicito a la presidencia que se de lectura a ese instrumento o que se explique a la Convención cuales fueron las razones que han motivado esta convocatoria con tan poco margen de horario de citación.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra el señor convencional Gómez Cullen.

SR. GÓMEZ CULLEN. Señor presidente, en la nota que cinco o seis señores diputados constituyentes le hicimos llegar en el día de ayer, se señalan las razones de urgencia que motivaron la convocatoria a esta Sesión Especial.
Desde luego que ese pedido lo hicimos con plena conciencia de que se ajustaba totalmente a las disposiciones reglamentarias que rigen el funciona- miento de esta H. Convención.
Pero también tuvimos en cuenta lo que en oportunidad dijo el señor convencional Sosa, en cuanto a que si bien las sesiones Ordinarias se celebrarían los jueves y viernes, la presidencia quedaba autorizada para convocar de inmediato a Sesión Especial cuando algún asunto requiriese de nuestra presencia en este recinto legislativo.
Dando por entendido que cuando votamos el Reglamento de esta H. Conven-
ción, su artículo 17 responde al espíritu de lo que vengo haciendo referencia. Creo que no hay necesidad de que se de lectura a ese artículo, porque presumo que cada uno de los señores convencionales tiene el Reglamento sobre su banca.
¿Cuáles son las razones de urgencia, señor presidente, para que hoy estemos aquí reunidos? Son las circunstancias políticas actuales hechos que son de dominio público -tanto en el ámbito provincial como nacional- a cerca de los cuales nos da cuenta el periodismo escrito, televisivo y radial de todo el país, respecto a que el Colegio Electoral de la Provincia, por falta de quórum repite lo ocurrido en las postrimerías de 1991 y que mediante la ley Durañona, presumimos no volvería a suceder.
El hecho se repitió y existe peligro inminente de un nuevo fracaso. Es un hecho no previsible y es urgente que esta Convención de solución al funcionamiento del Colegio Electoral, para que no se vea nuevamente vulnerada o estafada la voluntad popular, como ya lo fue en 1991.
Me pregunto si esto no ha sido verdaderamente y si no es urgente que la Provincia, después de haber sido convocada a comicios el 20 de diciembre, por conducta del Colegio Electoral -que no quiero entrar a analizar- el pueblo de la Provincia y el pueblo de la Nación atónitos, deben contemplar pasivamente que los señores convencionales constituyentes, a quienes el pueblo ha elegido para que le de una salida definitiva a este vetusto sistema electoral, permanezcamos también silenciosos y no hagamos escuchar nuestra voz, intentando -al menos- dar una solución a este problema que es bochornoso y vergonzante.
Esa es, señor diputado convencional Ruiz, la urgencia que desencadeno esta convocatoria a Sesión Especial. Creo, señor presidente, que esta justificada en los hechos, la opinión publica así lo entiende y nosotros no podemos estar desvinculados de esa opinión publica, señor presidente. Nada más.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra el señor diputado convencional Pardo.

SR. PARDO. Señor presidente, señores convencionales, realmente y sin entrar en discusiones con ningún compañero de bancada, creo que realmente fue una razonable medida de urgencia la que nos puso en marcha atrás esta convocatoria, pero no por los fundamentos manifestados por el señor convencional Gómez Cullen, sino para calmar el temblor de los cimientos y de los principios jurídicos y políticos de la República ante el proyecto que se había presentado.
Realmente, habría que entrar a valorar si se da o no la emergencia para tratar proyectos que no tienen relación alguna con la Convención Constituyente, invalidando fueros de otros poderes, de otros ámbitos que escapan a las facultades y potestades de esta h. Convención Constituyente.
Realmente, señor presidente, estuve escuchando las palabras del señor diputado preopinante. Hizo una serie de acusaciones contra el ejercicio del Colegio Electoral, pueden ser ciertas o pueden ser mentiras, pero de modo alguno podemos pretender, a través del funcionamiento de la Convención venir a llenar lagunas legislativas.
El señor Gómez Cullen ha cursado los claustros universitarios de la Facultad de Derecho y sabe que la regla primera en materia jurídica dice que la Conven -ción Constituyente, mejor dicho la Convención Reformadora -que somos nosotros- no puede incursionar en temas ajenos a los que se le han señalado en la ley de convocatoria -acto preconstitucional o mejor dicho preconstituyente-sancionada por la H. Legislatura de la Provincia de Corrientes.
Hechos como este, nos han puesto permanentemente, en la duda de si estamos aquí con el sano concepto de legislar una reforma para la que fuimos convoca- dos o estamos acá para tratar de satisfacer principios políticos, aspiraciones personales o necesidades momentáneas y coyunturales de la situación que se genero en el Colegio Electoral.
Desde ahora y como un principio rector del Frente de la Esperanza, rechazo, ´´inlimine'' el proyecto y reservo los demás argumentos para el momento en que se lo debata en este recinto.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra el señor diputado convencional Garay.

SR. GARAY. Señor presidente, creo que hemos estado debatiendo cuestiones que son absolutamente accesorias, desde la citacion a los señores convencionales, los domicilios y otras, porque todo esto es inoperante y no sirve para el funcionamiento de la Convención.
Estimo que también puede adelantarse el momento de la discusion del tema de fondo, como lo ha hecho el señor convencional Pardo, a quien respeto, respeto la opinion que ha expresado, pero no voy a contestarle de inmediato, porque los fundamentos del proyecto serán expuestos en su momento, los vamos a expresar cuando sea oportuno. Ademas, si lo hicieramos ahora, estariamos cometiendo el mismo error.
Respeto a quienes le veo convicción o certeza, aunque esta certez sea errada, porque siempre la certeza es la medida sujetiva de la verdad. Quisieramos ponerle fin -en lo que hace a nosotros- a esta cuestión. Entiendo la molestia que pudo haber tenido algún señor diputado por la convocatoria a la Sesión Especial, pero en la vida política, lamentablemente, se dan estas cosas. En el orden nacional, también los Reglamentos de ambas Cámaras del Congreso emiten con pocas firmas las citaciones a sesiones especiales, y justamente a los que tenemos que hacer viajes de mil kilómetros de ida y otro tanto de vuelta nos pasa lo mismo, porque generalmente las sesiones fracasan cuando son especiales. Esto forma parte de los avateres políticos que, a veces, la comunidad no entiende.
La vida política no es tan sencilla y este sacrificio tal vez sea la contribución a la tarea que debemos desarrollar.
Solicito, señor presidente, que en adelante se encarrile la sesión, se de lectura a los proyectos presentados con sus respectivas fundamentaciones según lo establece el Reglamento y que, oportunamente, sean girados a las comisiones competentes.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). ¿Cuál es su moción, señor diputado constituyente Garay?

SR. GARAY. La moción, es que continué la sesión en el orden que estaba establecido, salvo que algún señor diputado constituyente, quiera volver a hacer uso de la palabra. Simplemente quería expresar que era inoperante a discusión que estábamos manteniendo y que esto no nos conduce a los objetivos para los que nos ha elegido el pueblo de la provincia de Corrientes.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Por secretaria se dará lectura a los proyectos presentados.
-Expediente 007/93: diputados constituyentes de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal y Unión Cívica Radical, propician proyecto de reforma por el que se incorpora en le titulo Disposición Transitoria de la Constitución Provincial un texto sobre el funcionamiento del Colegio Electoral.
-Fundamentos. Sometemos a la consideración de V. H. el proyecto de reforma constitucional a incorporar en las Disposiciones Transitorias conforme a las facultades emergentes de la ley 4593, cuyo artículo 2° expresamente faculta a esta Convención Constituyente a reformar o no las clausulas transitorias y el Capitulo Segundo sobre la forma y tiempo en que debe hacerse la elección de Gobernador y Vice de la Provincia. No escapara a vuestro elevado criterio la urgencia que por imperio de los hechos existe en cuanto a que esta Convención que es soberana en los temas que la ley ha fijado como objeto de reforma, debe sancionar para dar solución al funcionamiento del Colegio Electoral, que no es otra cosa que dar respuesta genuina a la voluntad común que en las elecciones del 20 de diciembre sufragó para que Corrientes tenga sus autoridades legítimamente constituidas. Es necesario que los convencionales constituyentes prescindiendo de banderias politicas, frente al peligro de fracaso del Colegio Electoral, pongan las mejores intenciones para que con claras ideas, honorable conducta y cohesion de pensamiento, reivindiquen para el pueblo de la Provincia, el derecho a una democracia que merezca ser vivida conforme a una conducta etica y moral que con el voto popular la ciudadania reclama de sus representantes en esta Convención. Debemos desterrar todas aquellas fuerzas cuyos objetivos es destruir desde adentro a la democracia, mediante artificios de ingeniería electoral que es un plazo de catorce meses, por dos veces, han burlado la voluntad soberana del electorado provincial creando un divorcio entre lo real que el pueblo quiere y las maquinaciones de legalidad encubierta, invocando a la Constitución misma, para que las funciones del Colegio Electoral nuevamente aborten sin que este pueda elegir a los mandatarios del Poder Ejecutivo. Esta Convención Reformadora Constituyente, como lo señalara John F. Kennedy: ´´ cuando se encuentra frente a las peticiones supremas, debe proceder de acuerdo con el profundo mensaje y no movidos por la pasión del momento o por menguados intereses''. La representación que aquí traemos es la de un pueblo cuyo mensaje es que la Provincia tenga las autoridades creadas por la Constitución, en consecuencia es un imperativo categórico que captemos ese mensaje y actuemos en concordancia con el mandato que se nos ha conferido. Esta convención en ejercicio de sus atribuciones, no puede menos que arbitrar los medios, para garantizar el respeto a la voluntad común, que esta por encima de cualquier otra voluntad, porque no hay mejor ley que aquella que el pueblo como nación quiere...

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Señor diputado constituyente Gómez Cullen, por favor tome asiento.
Se continua con la lectura por secretaria.
-El Decreto N° 423/92 por el que la Intervención Federal en la Provincia convoca a elecciones de Convencionales Constituyentes, en sus considerándoos expresa que, ´´es necesario proveer a la normalización de este órgano institucional'' refiriéndose al pode Ejecutivo, que se encuentra intervenido y más adelante dice: ´´...una vez que el pueblo de la provincia se haya expandido, a través de sus convencionales sobre el sistema electoral que debera utilizarse al efecto, dado que de lo contrario se vulneraria el respeto a la soberanía popular que se expresara en la Convención Reformadora. Por lo precedentemente dicho esta Convención es expresion autentica de la soberanía popular y en nombre de esa voluntad primaria, debemos ineludiblemente arbitrar, conforme a la circunstancia de tiempo y acontecimientos que son de dominio público, las medidas supremas constitucionales que definitivamente resuelven el funcionamiento del Colegio Electoral, que tiene la responsabilidad irrenunciable de elegir al Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, cualquier esfuerzo que en tal sentido se haga será poco para salvaguardar el reclamo de una ciudadanía que quiere tener sus gobernantes y en nuestras manos esta que así ocurra, la voluntad representativa no puede lesionar los intereses de la voluntad común, es por ello que solicitamos a V. H. se le preste sanción favorable al Proyecto de Reforma que se acompaña. Firman el doctor Nicolás A. Garay, Roberto Gómez Cullen, Carlos L. Tomasella Cima, Carlos M. Regunaga y Tomas E. Castillo Odena.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Por secretaria se ha cometido un error. En realidad se tendría que haber leído el proyecto, por lo tanto se procederá a su lectura.

LA HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
SANCIONA CON FUERZA DE REFORMA

ART. 1°: INCORPORESE COMO DISPOSICION TRANSITORIA DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL, EL SIGUIENTE TEXTO:
´´ En cualquier tiempo, el Colegio Electoral reunido en minoría, podrá intimar a los inasistentes a que en el término que la misma fije, se constituyen en el local de sesiones del Colegio Electoral a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de las funciones de elector, si así no lo hicieren, el mismo Colegio Electoral en minoría destituirá a los ausentes y citara a los suplentes para que de inmediato de incorporen al Cuerpo.
ART. 2°: La presente disposición transitoria rige a partir de esta sanción, incorporándose al texto definitivo con la numeración que le correspondiere luego que la Convención de la última sanción parcial, conforme art. 5° del Reglamento de la Honorable Convención aprobado por Resolución N° 3/93.
ART. 3°: COMUNIQUESE, pase a la Comisión que ordenara el texto Constitucional, cumplido archívese.

CARLOS MARIA REGUNAGA
CARLOS L. TOMASELLA
NICOLAS ALFREDO GARAY
ROBERTO GÓMEZ CULLEN
MARIO R. MIDON
TOMAS E. CASTILLO ODENA

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra el señor diputado constituyente Gómez Cullen.

SR. GÓMEZ CULLEN. Señor presidente, ya que la secretaria ha leído los fundamentos de mi proyecto, solo me resta ampliarlos. Pero antes quiero pedir disculpas porque me pare y se me invito a sentarme, lo hice porque no dispongo, como el diputado Garay de un Movicom y tenia que comunicarle algo.
Adelanto, que el bloque al que represento va a mocionar que este proyecto pase a comisión, no se el otro, creo que lo propondrá el diputado constituyente Garay que es el autor.
Quiero agregar algo a los fundamentos que acaban de leerse por Secretaria, un poco contestando lo que anteriormente dijo el señor diputado constituyente Pardo -aunque sin animo de polemizar- para que no quede flotando en el ambiente que soy un ignorante del Derecho Constitucional.
Voy a hacer referencia a los antecedentes de derecho que justifican la presentación de este proyecto que oportunamente se tratará.
La Ley 4593 aprobada en forma unanime por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, en su artículo 2°, establece cuales son los temas objeto de la reforma, por parte de esta Convención Constituyente. Esta Convención Constituyente puede reformar, pero también puede no reformar.
Los temas se mencionan en el artículo 2° de la ley, sin entrar a considerar sobre el poder constituyente originario o derivado, con la certeza de que esta es una Convención Constituyente Reformadora -y en eso le doy totalmente la razón al convencional Pardo- ella es soberana en cuanto a los temas objeto de reforma, señalados -repito- en el artículo 2° de la ley 4593.
Esta convencion esta autorizada a modificar todo lo atinente al regimen de elección de gobernador y vicegobernador de la Provincia y las disposiciones transitorias, pero somos concientes -y así ante la opinion publica lo han hecho saber todos los sectores politicos- de que estamos contentos en que las elecciones de gobernador y vicegobernador deben realizarse mediante sistema de elección directa, a simple mayoría o por el sistema de doble vuelta, pero si, por elección directa.
En consecuencia, el proyecto que se presentó, se elaboro como disposicion transitoria, por una situacion de hechos, aunque esta vinculada con la elección de gobernador y vicegobernador no podemos insertarla en ese capitulo, por lo que no queda otro remedio que se incluya en la forma en que lo hicimos, porque entendemos que en la redacción definitiva del proyecto -en el tema concerniente a la elección de gobernador y vicegobernador- la elección será directa. Entonces esto es nada más que una disposición transitoria que el Cuerpo esta facultado a rever, a conocer.
Por otra parte, el decreto 423 del 13 de octubre de 1992, que suscribe la interventora federal, señorita Claudia Elena Bello, en los considerandos -como lo señalo la señora secretaria- dice: ´´ con la Intervención oportuna-
-mente decretada al Poder Ejecutivo de la Provincia, es necesario promover la normalización de este órgano institucional''.
Más adelante dice, refiriéndose al Poder Ejecutivo: ´´ una vez que el pueblo de la provincia se haya expedido, a través de sus convencionales, sobre el sistema electoral que deberá utilizarse al efecto, dado que -de lo contrario- se vulneraria el respeto a la soberanía popular que se expresará en la Convención Reformadora...''
El decreto habla de esta soberanía, y esta representación que investimos loes en nombre de la soberanía popular. Indudablemente, el soberano es el pueblo y nosotros ejercemos por representación, esa soberanía.
El artículo 15 del citado decreto, nos exhorta a que esta Convención haga lo necesario y posible, a fin de permitir a la Intervención Federal convocar a elecciones para gobernador y vicegobernador, senadores, diputados, etcétera.
Es decir también no esta indicando que procedemos con celeridad y demos una salida cuanto antes. Pero luego ocurrió lo que todos conocemos y se llamo a elecciones simultaneas.
Hechas estas breves consideraciones -las otras ya han sido leídas por Secretaria- dejo en estos términos fundamentado el proyecto que hemos presentado y, reitero, que pase a comisión para su análisis exhaustivo.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Pasa a la comisión N° 3 de Disposiciones Transitorias.
Se dará lectura por secretaria, al segundo proyecto. Expediente 008/93: diputados constituyentes de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal propician proyecto de reforma que establece quien asumirá, en caso de acefalía, el Poder Ejecutivo.

F U N D A M E N T O S

El curso de los hechos producidos en el Colegio Electoral que funciona paralelamente a esta Honorable Convención Constituyente, indica como probable una nueva frustración de su cometido.
Este cuerpo no puede ser indiferente a tan lamentable resultado que podría asumir a la provincia a la continuidad de la Intervención Federal, con todas las implicancias de este remedio excepcional extremo.
La solución de este vació legislativo es de competencia de esta Convención que esta facultada a modificar el sistema electoral en procura de un régimen definitivo, y dictar las disposiciones transitorias que faciliten el transito entre uno y otro sistema.
El cometido de la intervención federal concluirá cuando terminen las funciones del Colegio Electoral eligiendo Gobernador y Vicegobernador , pero de igual modo deberá concluir aunque no logre este fin, si la Constitución de la provincia previera un mecanismo que permite una solución institucional no traumática y regular como la que ponemos a consideración de la H. Convención.

ROBERTO GÓMEZ CULLEN
NICOLAS GARAY
CARLOS A. CONTRERAS GÓMEZ
CARLOS REGUNAGA

LA HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE SANCIONA CON FUERZA DE REFORMA CONSTITUCIONAL LA SIGUIENTE DISPOSICION TRANSITORIA

ART. 1°:Para el supuesto que el colegio electoral, por cualquier motivo, no logra concretar la elección del gobernador y vicegobernador de la provincia, asumirá el ejercicio del Poder Ejecutivo el Vicepresidente 1° del Honorable Senado o en su defecto el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados.
ART. 2°: El término del ejercicio de la función del Gobernador Interino no podrá exceder de 8 (ocho) meses, dentro de los cuales deberá cumplir los pasos necesarios para convocar y concretar la nueva elección de gobernador y vicegobernador de la provincia.
ART. 3°: La convocatoria deberá verificarse después de concluida la Convención Constituyente y con las normas que resulten de la misma.

ROBERTO GÓMEZ CULLEN
CARLOS M. REGUNAGA
NICOLAS ALFREDO GARAY
CARLOS A. CONTRERAS GÓMEZ

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra el señor convencional Garay.

SR. GARAY. Señor presidente, voy a ser breve, conforme lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento, sin entrar en discusión. Es necesario que esta Convención Constituyente, que funciona paralelamente al Colegio Electoral y tiene facultades, precisamente, para reformar el sistema electoral, asuma una posición que pueda destrabar con una cláusula transitoria, la posible frustración de resolver este tema por parte del Colegio Electoral.
Esto nos animo a presentar este proyecto que evitaría la continuidad de la Intervención en la hipótesis de que el Colegio Electoral no cumpliera con su cometido de elegir gobernador y vicegobernador.
Por estas razones solicito que este proyecto sea remitido a la comisión competente.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Pasa a la Comisión N° 3 de Disposiciones Transitorias.
Tiene la palabra el señor convencional Aquino.

SR. AQUINO. Señor presidente, el bloque de la Unión Cívica Radical, quiere expresar que no ha emitido opinión, no porque no la tenga, sino porque entiende que implica una violación reglamentaria entrar en la discusión de un proyecto, cuyo tratamiento no fue solicitado, ya que simplemente se requirió su pase a comisión.
Nosotros tenemos claro el tema y no impediremos, de ninguna manera, su tratamiento, por estar de acuerdo con las circunstancias que vive el pueblo. Nada más.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Invito a los convencionales Galiana y Garay a arriar el Pabellón Nacional.
Puestos de pie los señores diputados constituyentes y público presente, los señores convencionales Galiana y Garay proceden a arriar el Pabellón Nacional.

SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Se levanta la sesión.
-Es la hora 21 y 26



ESC. MARIA ANGELICA SOSA CABRAL DE CIMA
Subdirectora Cuerpo de Taquígrafos
H. Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes

Dr. CARLOS A. CONTRERAS GOMEZ
Presidente
Convención Constituyente

Dra. Margarita Sánchez D'Andrea de Canteros
Secretaria
H. Convención Constituyente






 

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