Convención
Constituyente de 1993
DIARIO DE SESIONES
H. CONVENCION
CONSTITUYENTE
V REUNION - 1ra
SESION ESPECIAL
18 de enero de
1993
PRESIDENCIA: del
titular, convencional constituyente Dr. Carlos Alberto
Contreras Gómez.
SECRETARIA: de la titular, Dra. Margarita Sánchez
D'Andrea de Canteros.
PROSECRETARIA: del titular, Dr. Ciro Roberto Iglesia
CONVENCIONALES
PRESENTES
ACEBAL, Oscar Ricardo
BRAILLARD POCCARD, Néstor P.
CANONIERO, Ricardo
CASTILLO ODENA, Tomas E.
COLOMBO, Horacio Alberto
CONTRERAS GOMEZ, Carlos A.
FERREIRA QUIROZ, Juan R.
GALIANA, Enrique Eduardo
GOMEZ, Carlos Maria E.
GOMEZ CULLEN, Roberto
MIDON, Mario Antonio R.
MORAY, Héctor Luis
NICOLINI, Etheil Amaury
PALMA, Juan Ramón
PANDO, Ana Maria
PARDO, Ángel Francisco
PEREZ, Conrado Rudy
QUEIROLO, Luis Antonio
REGUNAGA, Carlos Maria
REPETTO, Leonardo A.
RICER, Abraham
RODRÍGUEZ, Horacio Julio
RUIZ, Juan Alberto
VALLEJOS AÑASCO de meza, DORA l.
VIUDES DE DAMONTE, Isabel J.
CONVENCIONALES
AUSENTES
ACOSTA MUR, Luis Alberto
DIAZ COLODRERO, Agustín
SOSA, Manuel Félix
SUMARIO
-Constatación del quórum para sesionar.
-Izamiento del Pabellón Nacional.
-Orden del Día.
-Resolución de convocatoria de la sesión
especial.
-Nota aclaratoria por falta de aviso de la sesión
especial.
-Nota No 32, nómina de convencionales notificados
para la sesión especial.
-Lectura de los proyectos presentados.
En Corrientes, a dieciocho
de enero de mil novecientos noventa y tres reunidos en
el recinto de sesiones de la H. Legislatura de la Provincia
los señores convencionales constituyentes y siendo
la hora 20 y 39, dice el
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Por secretaria se pasara lista.
Así se hace. Se verifica la presencia de treinta
y cuatro señores convencionales y la ausencia de
: Acosta Mur, Díaz Colodrero, Galfrascoli, Ruiz
y Sosa.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Con la presencia de treinta y cuatro señores
convencionales, existiendo quórum, se da por iniciada
la sesión.
Invito a los señores convencionales Galiana y Garay
a izar el Pabellón Nacional.
Puestos de pie los señores convencionales y público
presente, los señores Galiana y Garay proceden
a izar el Pabellón Nacional. (Aplausos).
SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Se omite la lectura
del Orden del Día cuya inserción se hará
en el Diario de Sesiones.
ORDEN DEL DIA
1a SESION ESPECIAL DEL 18 DE ENERO DE 1993. A LA HORA
20
ASUNTOS ENTRADOS
1-COMUNICACIONES OFICIALES.
2-COMUNICACIONES PARTICULARES.
3-PROYECTOS PRESENTADOS POR LOS SRES. CONVENCIONALES.
1-Expte. 007/93.-
Diputados constituyentes de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata
Progresista y Unión cívica Radical propician
proyecto de reforma por el que se incorpora en el titulo
Disposición Transitoria de la Constitución
Provincial un texto sobre el funcionamiento del Colegio
Electoral.
2-Expte. 008/93.-
Diputados constituyentes de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal
propician proyecto de reforma que establece quien asumirá
en caso de acefalia del Poder Ejecutivo.
4-EXPEDIENTES CON
DESPACHO DE COMISION QUE VAN A PRENSA.
MARGARITA SÁNCHEZ D'ANDREA DE CANTEROS
Secretaria
H. Convención Constituyente
SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). A continuación,
por secretaria se dará lectura a la resolución
de convocatoria para esta Sesión Especial y a la
nota de solicitud presentada por un grupo de señores
convencionales.
RESOLUCIÓN
No 004/93.-
Corrientes, 18 de Enero de 1993
VISTO:
La solicitud de Sesión Especial formulada por convencionales
constituyentes de distintos bloques políticos y
:
CONSIDERANDO:
Que los fundamentos de lo peticionado y los proyectos
de ley que acompañan son motivos y hacen viables
y urgente la convocatoria a Sesión Especial.
Que es necesario dar una pronta solución al funcionamiento
del Colegio Electoral por .los hechos que son de dominio
público.
POR ELLO:
LA PRESIDENCIA DE LA HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
R E S U E L V E
Art. 1o.- CITASE, a Sesión Especial para el día
18 de enero de 1993 a las 20.00 horas a los fines de dar
entrada y eventual tratamiento a los proyectos de ley
sobre funcionamiento del Colegio Electoral y acefalia
del Poder Ejecutivo.
Art. 2o. .-POR secretaria
se harán la s comunicaciones pertinentes.
Art. 3o. .- COMUNIQUESE,
cumplido archívese.
CARLOS ALBERTO CONTRERAS
COMEZ
Presidente
H. Convención constituyente
MARGARITA SÁNCHEZ
D'ANDREA DE CANTEROS
Secretaria
H. Convención Constituyente
CORRIENTES, 17 de
Enero de 1993.
Señor
Presidente de la Honorable
Convención Constituyente
Dr. CARLOS A. CONTRERAS
GOMES.
S / D
Los abajo firmantes en razón de la urgencia en
dar solución al funcionamiento del Colegio Electoral
por lo hechos que son de dominio público, solicitamos
a Ud. se convoque a Sesión Especial para el día
18 (dieciocho) de enero de 1993 a las 20 horas, a los
fines de tratar el proyecto de Reforma constitucional
que se acompaña vinculado al funcionamiento del
Colegio Electoral y Acefalia del Poder Ejecutivo.
Lo antes dicho se funda en lo previsto en el Reglamento
del H. Cuerpo, Arts. 1° de la Resolución Nro.
3/93 y 27 y siguientes del Reglamento de la H. Cámara
de Diputados.
Sin otro particular, saludamos a Ud. con atenta consideración.
NICOLAS A. GARAY
Diputado
Convención Constituyente
CARLOS REGUNAGA
Diputado
Convención Constituyente
ROBERTO GÓMEZ
CULLEN
Diputado
Convención Constituyente
CARLOS LUIS TOMASELLA
Diputado
Convención Constituyente
MARIO R. MIDON
Diputado
Convención Constituyente
TOMAS CASTILLO ODENA
Diputado
Convención Constituyente
SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Tiene la palabra
la señora convencional Viudes de Damonte.
SRA. VIUDES DE DAMONTE. Señor presidente, señores
convencionales: la bancada del Frente de la Esperanza,
jamás quiso entorpecer el procedimiento de la H.
Convención Constituyente, pero no puede ser que
nos tenga como se nos tuvo en el día de la fecha,
que los diputados constituyentes que vivimos en esta ciudad,
a escasas cinco cuadras de este recinto, hayamos sido
notificados de esta sesión a la hora 18, posterior
-por supuesto- a una participación en un programa
radial de difusión en esta ciudad, donde alegue
no conocer el temario por no estar notificada.
Creo, interpreto y entiendo que debemos comenzar ordenando
las cosas y que el orden constituye algo fundamental para
nosotros. Es fundamental que nos respetemos y se practiquen
las notificaciones como corresponde porque sino difícilmente
podremos venir a esta sesión conociendo el contenido
y sabiendo los fundamentos de esta convocatoria a Sesión
Especial, cuando es sabido que las Sesiones Ordinarias
son los jueves y viernes.
Además, en la sesión preparatoria establecimos
que para llamar a sesión extraordinaria la presidencia
debía notificarnos con 24 horas de antelación.
Esta no fue una reunión de comisión sino
una reunión de la Convención y fuimos citados,
algunos que vivimos acá, con dos horas de antelación
y los que viven en el interior a 500 Kilómetros?.
Creo, interpreto y entiendo que debe cumplirse el requisito
de las 24 horas si queremos que todos los convencionales
participemos por igual de esta sesión.
-Ingresan en el recinto
los convencionales Galfrascoli y Ruiz.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Por secretaria se dará lectura al
artículo 35 del Reglamento de la H. Cámara
de Diputados.
SRA. SECRETARIA(Sanchez
D'Andrea de Canteros). Artículo 35: ´´El
presidente ordenará la correspondiente citacion
para el día y hora que se hubiera determinado la
realizacion de Sesión Extraordinaria o Especial,
citacion ésta que se efectuara con 24 horas de
anticipacion, salvo que razones de urgencia, extrordinarias
o imprevistas, exijan un plazo menor''.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). En la fecha, la señora Gladis Lopez,
secretaria de despacho, remitio una nota aclaratoria por
la falta de aviso de la Sesión Especial del día
de la fecha a los señores convencionales Insaurralde,
Tannuri y Viudes de Damonte. Por Secretaria se dará
lectura.
Los señores convencionales TANNURI, Jose Eduardo,
INSAURRALDE, Walter e Isabel J. VIUDES DE DAMONTE consignaron
su domicilio Legislativo en Carlos Pellegrini 1572 al
ser erronea la direccion no se pudo entregar la citacion
a Sesión Especial para el día de la fecha,
constatandose en horas de la tarde que la numeracion correcta
es 1571, cumpliendose el acto citatorio a las 18,00 horas.
GLADIS LOPEZ
Secretaria de Despacho
Habiendose comunicado
a los señores Presidentes de Bloques en horas de
la mañana aproximadamente 10,00 hs. el Sr. Convencional
Angel Francisco Pardo recibio toda la documentacion referente
a la Sesión Especial como Presidente del Bloque
del Frente de la Esperanza.
GLADIS LOPEZ
Secretaria de Despacho
SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Por otro lado,
obra en nuestro poder la nota número 32 del 18
de enero de 1993 expedida por el Ministerio de Gobierno
y Justicia y la Jefatura de Policía de la Provincia,
que comunica la nomina de convencionales notificados para
la Sesión Especial.
Se dará lectura por Secretaria.
Corrientes, 18 de
enero de 1993
J.P. N° 32
SEÑOR
PRESIDENTE H. CONVENCIÓN CONSTITUYENTE
DR. CARLOS CONTRERAS GÓMEZ
S / D:
Cumplo en dirigirme a Ud. con el objeto de llevar a su
conocimiento que conforme, al requerimiento efectuado
en v/nota de fecha 17 -ENE- 93 cuya fotocopia se adjunta,
se han realizado las diligencias correspondientes y se
recepcionaron informes dando el siguiente resultado:
A-Notificados personalmente
01-ACEVAL, Oscar Ricardo
02-BESWICK, Arturo Juan
03-.BIANCHI, Jorge A.
04- COLOMBO, Horacio A
05- FERREYRA QUIROZ, Juan
06-INSAURRALDE, Walter E.
07-NAVAJAS ARTAZA, Adolfo
08-PEREZ, Conrado Rudy
09-REPETTO, Leonardo
10-RODRIGUEZ, Julio H.
11-CANONIERO, Ricardo
B-Ausentes del domicilio
01-DASSORI, Oscar E.
02-DIAZ COLODRERO, Agustin
03-LAHOZ, Jose Fernando
04-PARDO, Angel Francisco
05-TANNURI, Jose E.
Es cuanto informo
al respecto, haciendo propicia la circunstancia para saludarlo
con la más atenta y distinguida consideración.
JUAN CARLOS SCARPA
Coronel (R)
Jefe Policía de Corrientes
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Tiene la palabra el convencional Repetto.
SR. REPETTO. Señor
presidente solicito que por secretaria se retire la parte
donde se menciona que a mi se me notifico en forma personal.
¿en que domicilio y a que hora?.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Por secretaria se volverá a leer
la nota N° 32 del 18 de enero del corriente.
-Se lee nuevamente.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Tiene la palabra el señor convencional
Repetto.
SR. REPETTO. Señor
presidente, ratificando lo dicho por la convencional Viudes
de Damonte, vivo a 500 Kilómetros de esta Capital
y fui notificado a las 4 y 30 de la mañana en Monte
Caseros, a pesar de que nosotros habíamos establecido
que con 24 horas de antelación íbamos a
ser notificados en caso de reunión de comisión.
Se nos hace sumamente difícil, a los que vivimos
a una distancia de 500 kilómetros de esta capital,
concurrir teniendo en cuenta también que se nos
notifica a las 4 y 30 en Monte Caseros.
Entiendo que no estamos cumpliendo con lo que corresponde
más allá de lo que establece el artículo
35 que se leyó por secretaria. Solicito que se
tenga consideración con aquellos constituyentes
que no somos de esta capital, más allá del
domicilio legislativo que hayamos establecido en el cual
fui notificado a la hora 19.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). La presidencia toma nota de las expresiones
de los diputados constituyentes Viudes de Damonte y Repetto.
Oportunamente en la medida en que sea posible se cumplirá
con el plazo de 24 horas a que se refiere, pero también
hago saber a los señores diputados constituyentes,
que en caso de urgencia aplicare el articulo 35.
Tiene la palabra el convencional Ruiz.
SR. RUIZ. El artículo
35 que fue aplicado en esta oportunidad dice textualmente:
´´ El presidente ordenará la correspondiente
citación para el día y hora que se hubiese
determinado la realización de Sesión Extraordinaria
o Especial, citación esta que se efectuara con
24 horas de anticipación, salvo que razones de
urgencia, extraordinarias o improvistas, exijan un plazo
menor''.
Es decir que la norma está estableciendo un procedimiento
regular y una excepción para un caso particular,
que es en el que se encuentra esta sesión. En esta
ocasión supongo, quiero suponer, que habrá
algún instrumento jurídico en la Convención
Constituyente, en la Presidencia o en la Secretaria, en
el que se expliquen cuales son los fundamentos, cuales
son las razones de urgencia, extraordinarias o improvistas
que ha exigido un plazo menor para esta convocatoria,
habida cuenta de que es de público conocimiento
que hay muchos o varios señores convencionales
-como lo acaba de decir el señor diputado constituyente
Repetto- que viven a muchos kilómetros de distancia.
Esta circunstancia hace que realmente las razones que
motivan una situación de urgencia, con menor antelación
de la establecida por la norma, tiene que ser debidamente
fundada.
Por lo tanto, concretamente, solicito a la presidencia
que se de lectura a ese instrumento o que se explique
a la Convención cuales fueron las razones que han
motivado esta convocatoria con tan poco margen de horario
de citación.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Tiene la palabra el señor convencional
Gómez Cullen.
SR. GÓMEZ
CULLEN. Señor presidente, en la nota que cinco
o seis señores diputados constituyentes le hicimos
llegar en el día de ayer, se señalan las
razones de urgencia que motivaron la convocatoria a esta
Sesión Especial.
Desde luego que ese pedido lo hicimos con plena conciencia
de que se ajustaba totalmente a las disposiciones reglamentarias
que rigen el funciona- miento de esta H. Convención.
Pero también tuvimos en cuenta lo que en oportunidad
dijo el señor convencional Sosa, en cuanto a que
si bien las sesiones Ordinarias se celebrarían
los jueves y viernes, la presidencia quedaba autorizada
para convocar de inmediato a Sesión Especial cuando
algún asunto requiriese de nuestra presencia en
este recinto legislativo.
Dando por entendido que cuando votamos el Reglamento de
esta H. Conven-
ción, su artículo 17 responde al espíritu
de lo que vengo haciendo referencia. Creo que no hay necesidad
de que se de lectura a ese artículo, porque presumo
que cada uno de los señores convencionales tiene
el Reglamento sobre su banca.
¿Cuáles son las razones de urgencia, señor
presidente, para que hoy estemos aquí reunidos?
Son las circunstancias políticas actuales hechos
que son de dominio público -tanto en el ámbito
provincial como nacional- a cerca de los cuales nos da
cuenta el periodismo escrito, televisivo y radial de todo
el país, respecto a que el Colegio Electoral de
la Provincia, por falta de quórum repite lo ocurrido
en las postrimerías de 1991 y que mediante la ley
Durañona, presumimos no volvería a suceder.
El hecho se repitió y existe peligro inminente
de un nuevo fracaso. Es un hecho no previsible y es urgente
que esta Convención de solución al funcionamiento
del Colegio Electoral, para que no se vea nuevamente vulnerada
o estafada la voluntad popular, como ya lo fue en 1991.
Me pregunto si esto no ha sido verdaderamente y si no
es urgente que la Provincia, después de haber sido
convocada a comicios el 20 de diciembre, por conducta
del Colegio Electoral -que no quiero entrar a analizar-
el pueblo de la Provincia y el pueblo de la Nación
atónitos, deben contemplar pasivamente que los
señores convencionales constituyentes, a quienes
el pueblo ha elegido para que le de una salida definitiva
a este vetusto sistema electoral, permanezcamos también
silenciosos y no hagamos escuchar nuestra voz, intentando
-al menos- dar una solución a este problema que
es bochornoso y vergonzante.
Esa es, señor diputado convencional Ruiz, la urgencia
que desencadeno esta convocatoria a Sesión Especial.
Creo, señor presidente, que esta justificada en
los hechos, la opinión publica así lo entiende
y nosotros no podemos estar desvinculados de esa opinión
publica, señor presidente. Nada más.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Tiene la palabra el señor diputado
convencional Pardo.
SR. PARDO. Señor
presidente, señores convencionales, realmente y
sin entrar en discusiones con ningún compañero
de bancada, creo que realmente fue una razonable medida
de urgencia la que nos puso en marcha atrás esta
convocatoria, pero no por los fundamentos manifestados
por el señor convencional Gómez Cullen,
sino para calmar el temblor de los cimientos y de los
principios jurídicos y políticos de la República
ante el proyecto que se había presentado.
Realmente, habría que entrar a valorar si se da
o no la emergencia para tratar proyectos que no tienen
relación alguna con la Convención Constituyente,
invalidando fueros de otros poderes, de otros ámbitos
que escapan a las facultades y potestades de esta h. Convención
Constituyente.
Realmente, señor presidente, estuve escuchando
las palabras del señor diputado preopinante. Hizo
una serie de acusaciones contra el ejercicio del Colegio
Electoral, pueden ser ciertas o pueden ser mentiras, pero
de modo alguno podemos pretender, a través del
funcionamiento de la Convención venir a llenar
lagunas legislativas.
El señor Gómez Cullen ha cursado los claustros
universitarios de la Facultad de Derecho y sabe que la
regla primera en materia jurídica dice que la Conven
-ción Constituyente, mejor dicho la Convención
Reformadora -que somos nosotros- no puede incursionar
en temas ajenos a los que se le han señalado en
la ley de convocatoria -acto preconstitucional o mejor
dicho preconstituyente-sancionada por la H. Legislatura
de la Provincia de Corrientes.
Hechos como este, nos han puesto permanentemente, en la
duda de si estamos aquí con el sano concepto de
legislar una reforma para la que fuimos convoca- dos o
estamos acá para tratar de satisfacer principios
políticos, aspiraciones personales o necesidades
momentáneas y coyunturales de la situación
que se genero en el Colegio Electoral.
Desde ahora y como un principio rector del Frente de la
Esperanza, rechazo, ´´inlimine'' el proyecto
y reservo los demás argumentos para el momento
en que se lo debata en este recinto.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Tiene la palabra el señor diputado
convencional Garay.
SR. GARAY. Señor
presidente, creo que hemos estado debatiendo cuestiones
que son absolutamente accesorias, desde la citacion a
los señores convencionales, los domicilios y otras,
porque todo esto es inoperante y no sirve para el funcionamiento
de la Convención.
Estimo que también puede adelantarse el momento
de la discusion del tema de fondo, como lo ha hecho el
señor convencional Pardo, a quien respeto, respeto
la opinion que ha expresado, pero no voy a contestarle
de inmediato, porque los fundamentos del proyecto serán
expuestos en su momento, los vamos a expresar cuando sea
oportuno. Ademas, si lo hicieramos ahora, estariamos cometiendo
el mismo error.
Respeto a quienes le veo convicción o certeza,
aunque esta certez sea errada, porque siempre la certeza
es la medida sujetiva de la verdad. Quisieramos ponerle
fin -en lo que hace a nosotros- a esta cuestión.
Entiendo la molestia que pudo haber tenido algún
señor diputado por la convocatoria a la Sesión
Especial, pero en la vida política, lamentablemente,
se dan estas cosas. En el orden nacional, también
los Reglamentos de ambas Cámaras del Congreso emiten
con pocas firmas las citaciones a sesiones especiales,
y justamente a los que tenemos que hacer viajes de mil
kilómetros de ida y otro tanto de vuelta nos pasa
lo mismo, porque generalmente las sesiones fracasan cuando
son especiales. Esto forma parte de los avateres políticos
que, a veces, la comunidad no entiende.
La vida política no es tan sencilla y este sacrificio
tal vez sea la contribución a la tarea que debemos
desarrollar.
Solicito, señor presidente, que en adelante se
encarrile la sesión, se de lectura a los proyectos
presentados con sus respectivas fundamentaciones según
lo establece el Reglamento y que, oportunamente, sean
girados a las comisiones competentes.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). ¿Cuál es su moción,
señor diputado constituyente Garay?
SR. GARAY. La moción,
es que continué la sesión en el orden que
estaba establecido, salvo que algún señor
diputado constituyente, quiera volver a hacer uso de la
palabra. Simplemente quería expresar que era inoperante
a discusión que estábamos manteniendo y
que esto no nos conduce a los objetivos para los que nos
ha elegido el pueblo de la provincia de Corrientes.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Por secretaria se dará lectura a
los proyectos presentados.
-Expediente 007/93: diputados constituyentes de la Alianza
Pacto Autonomista-Liberal y Unión Cívica
Radical, propician proyecto de reforma por el que se incorpora
en le titulo Disposición Transitoria de la Constitución
Provincial un texto sobre el funcionamiento del Colegio
Electoral.
-Fundamentos. Sometemos a la consideración de V.
H. el proyecto de reforma constitucional a incorporar
en las Disposiciones Transitorias conforme a las facultades
emergentes de la ley 4593, cuyo artículo 2°
expresamente faculta a esta Convención Constituyente
a reformar o no las clausulas transitorias y el Capitulo
Segundo sobre la forma y tiempo en que debe hacerse la
elección de Gobernador y Vice de la Provincia.
No escapara a vuestro elevado criterio la urgencia que
por imperio de los hechos existe en cuanto a que esta
Convención que es soberana en los temas que la
ley ha fijado como objeto de reforma, debe sancionar para
dar solución al funcionamiento del Colegio Electoral,
que no es otra cosa que dar respuesta genuina a la voluntad
común que en las elecciones del 20 de diciembre
sufragó para que Corrientes tenga sus autoridades
legítimamente constituidas. Es necesario que los
convencionales constituyentes prescindiendo de banderias
politicas, frente al peligro de fracaso del Colegio Electoral,
pongan las mejores intenciones para que con claras ideas,
honorable conducta y cohesion de pensamiento, reivindiquen
para el pueblo de la Provincia, el derecho a una democracia
que merezca ser vivida conforme a una conducta etica y
moral que con el voto popular la ciudadania reclama de
sus representantes en esta Convención. Debemos
desterrar todas aquellas fuerzas cuyos objetivos es destruir
desde adentro a la democracia, mediante artificios de
ingeniería electoral que es un plazo de catorce
meses, por dos veces, han burlado la voluntad soberana
del electorado provincial creando un divorcio entre lo
real que el pueblo quiere y las maquinaciones de legalidad
encubierta, invocando a la Constitución misma,
para que las funciones del Colegio Electoral nuevamente
aborten sin que este pueda elegir a los mandatarios del
Poder Ejecutivo. Esta Convención Reformadora Constituyente,
como lo señalara John F. Kennedy: ´´
cuando se encuentra frente a las peticiones supremas,
debe proceder de acuerdo con el profundo mensaje y no
movidos por la pasión del momento o por menguados
intereses''. La representación que aquí
traemos es la de un pueblo cuyo mensaje es que la Provincia
tenga las autoridades creadas por la Constitución,
en consecuencia es un imperativo categórico que
captemos ese mensaje y actuemos en concordancia con el
mandato que se nos ha conferido. Esta convención
en ejercicio de sus atribuciones, no puede menos que arbitrar
los medios, para garantizar el respeto a la voluntad común,
que esta por encima de cualquier otra voluntad, porque
no hay mejor ley que aquella que el pueblo como nación
quiere...
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Señor diputado constituyente Gómez
Cullen, por favor tome asiento.
Se continua con la lectura por secretaria.
-El Decreto N° 423/92 por el que la Intervención
Federal en la Provincia convoca a elecciones de Convencionales
Constituyentes, en sus considerándoos expresa que,
´´es necesario proveer a la normalización
de este órgano institucional'' refiriéndose
al pode Ejecutivo, que se encuentra intervenido y más
adelante dice: ´´...una vez que el pueblo
de la provincia se haya expandido, a través de
sus convencionales sobre el sistema electoral que debera
utilizarse al efecto, dado que de lo contrario se vulneraria
el respeto a la soberanía popular que se expresara
en la Convención Reformadora. Por lo precedentemente
dicho esta Convención es expresion autentica de
la soberanía popular y en nombre de esa voluntad
primaria, debemos ineludiblemente arbitrar, conforme a
la circunstancia de tiempo y acontecimientos que son de
dominio público, las medidas supremas constitucionales
que definitivamente resuelven el funcionamiento del Colegio
Electoral, que tiene la responsabilidad irrenunciable
de elegir al Gobernador y Vicegobernador de la Provincia,
cualquier esfuerzo que en tal sentido se haga será
poco para salvaguardar el reclamo de una ciudadanía
que quiere tener sus gobernantes y en nuestras manos esta
que así ocurra, la voluntad representativa no puede
lesionar los intereses de la voluntad común, es
por ello que solicitamos a V. H. se le preste sanción
favorable al Proyecto de Reforma que se acompaña.
Firman el doctor Nicolás A. Garay, Roberto Gómez
Cullen, Carlos L. Tomasella Cima, Carlos M. Regunaga y
Tomas E. Castillo Odena.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Por secretaria se ha cometido un error.
En realidad se tendría que haber leído el
proyecto, por lo tanto se procederá a su lectura.
LA HONORABLE CONVENCIÓN
CONSTITUYENTE DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
SANCIONA CON FUERZA DE REFORMA
ART. 1°: INCORPORESE
COMO DISPOSICION TRANSITORIA DE LA CONSTITUCIÓN
PROVINCIAL, EL SIGUIENTE TEXTO:
´´ En cualquier tiempo, el Colegio Electoral
reunido en minoría, podrá intimar a los
inasistentes a que en el término que la misma fije,
se constituyen en el local de sesiones del Colegio Electoral
a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes
de las funciones de elector, si así no lo hicieren,
el mismo Colegio Electoral en minoría destituirá
a los ausentes y citara a los suplentes para que de inmediato
de incorporen al Cuerpo.
ART. 2°: La presente disposición transitoria
rige a partir de esta sanción, incorporándose
al texto definitivo con la numeración que le correspondiere
luego que la Convención de la última sanción
parcial, conforme art. 5° del Reglamento de la Honorable
Convención aprobado por Resolución N°
3/93.
ART. 3°: COMUNIQUESE, pase a la Comisión que
ordenara el texto Constitucional, cumplido archívese.
CARLOS MARIA REGUNAGA
CARLOS L. TOMASELLA
NICOLAS ALFREDO GARAY
ROBERTO GÓMEZ CULLEN
MARIO R. MIDON
TOMAS E. CASTILLO ODENA
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Tiene la palabra el señor diputado
constituyente Gómez Cullen.
SR. GÓMEZ
CULLEN. Señor presidente, ya que la secretaria
ha leído los fundamentos de mi proyecto, solo me
resta ampliarlos. Pero antes quiero pedir disculpas porque
me pare y se me invito a sentarme, lo hice porque no dispongo,
como el diputado Garay de un Movicom y tenia que comunicarle
algo.
Adelanto, que el bloque al que represento va a mocionar
que este proyecto pase a comisión, no se el otro,
creo que lo propondrá el diputado constituyente
Garay que es el autor.
Quiero agregar algo a los fundamentos que acaban de leerse
por Secretaria, un poco contestando lo que anteriormente
dijo el señor diputado constituyente Pardo -aunque
sin animo de polemizar- para que no quede flotando en
el ambiente que soy un ignorante del Derecho Constitucional.
Voy a hacer referencia a los antecedentes de derecho que
justifican la presentación de este proyecto que
oportunamente se tratará.
La Ley 4593 aprobada en forma unanime por la Cámara
de Diputados y la Cámara de Senadores, en su artículo
2°, establece cuales son los temas objeto de la reforma,
por parte de esta Convención Constituyente. Esta
Convención Constituyente puede reformar, pero también
puede no reformar.
Los temas se mencionan en el artículo 2° de
la ley, sin entrar a considerar sobre el poder constituyente
originario o derivado, con la certeza de que esta es una
Convención Constituyente Reformadora -y en eso
le doy totalmente la razón al convencional Pardo-
ella es soberana en cuanto a los temas objeto de reforma,
señalados -repito- en el artículo 2°
de la ley 4593.
Esta convencion esta autorizada a modificar todo lo atinente
al regimen de elección de gobernador y vicegobernador
de la Provincia y las disposiciones transitorias, pero
somos concientes -y así ante la opinion publica
lo han hecho saber todos los sectores politicos- de que
estamos contentos en que las elecciones de gobernador
y vicegobernador deben realizarse mediante sistema de
elección directa, a simple mayoría o por
el sistema de doble vuelta, pero si, por elección
directa.
En consecuencia, el proyecto que se presentó, se
elaboro como disposicion transitoria, por una situacion
de hechos, aunque esta vinculada con la elección
de gobernador y vicegobernador no podemos insertarla en
ese capitulo, por lo que no queda otro remedio que se
incluya en la forma en que lo hicimos, porque entendemos
que en la redacción definitiva del proyecto -en
el tema concerniente a la elección de gobernador
y vicegobernador- la elección será directa.
Entonces esto es nada más que una disposición
transitoria que el Cuerpo esta facultado a rever, a conocer.
Por otra parte, el decreto 423 del 13 de octubre de 1992,
que suscribe la interventora federal, señorita
Claudia Elena Bello, en los considerandos -como lo señalo
la señora secretaria- dice: ´´ con
la Intervención oportuna-
-mente decretada al Poder Ejecutivo de la Provincia, es
necesario promover la normalización de este órgano
institucional''.
Más adelante dice, refiriéndose al Poder
Ejecutivo: ´´ una vez que el pueblo de la
provincia se haya expedido, a través de sus convencionales,
sobre el sistema electoral que deberá utilizarse
al efecto, dado que -de lo contrario- se vulneraria el
respeto a la soberanía popular que se expresará
en la Convención Reformadora...''
El decreto habla de esta soberanía, y esta representación
que investimos loes en nombre de la soberanía popular.
Indudablemente, el soberano es el pueblo y nosotros ejercemos
por representación, esa soberanía.
El artículo 15 del citado decreto, nos exhorta
a que esta Convención haga lo necesario y posible,
a fin de permitir a la Intervención Federal convocar
a elecciones para gobernador y vicegobernador, senadores,
diputados, etcétera.
Es decir también no esta indicando que procedemos
con celeridad y demos una salida cuanto antes. Pero luego
ocurrió lo que todos conocemos y se llamo a elecciones
simultaneas.
Hechas estas breves consideraciones -las otras ya han
sido leídas por Secretaria- dejo en estos términos
fundamentado el proyecto que hemos presentado y, reitero,
que pase a comisión para su análisis exhaustivo.
SR. PRESIDENTE (Contreras Gómez). Pasa a la comisión
N° 3 de Disposiciones Transitorias.
Se dará lectura por secretaria, al segundo proyecto.
Expediente 008/93: diputados constituyentes de la Alianza
Pacto Autonomista-Liberal propician proyecto de reforma
que establece quien asumirá, en caso de acefalía,
el Poder Ejecutivo.
F U N D A M E N T
O S
El curso de los hechos
producidos en el Colegio Electoral que funciona paralelamente
a esta Honorable Convención Constituyente, indica
como probable una nueva frustración de su cometido.
Este cuerpo no puede ser indiferente a tan lamentable
resultado que podría asumir a la provincia a la
continuidad de la Intervención Federal, con todas
las implicancias de este remedio excepcional extremo.
La solución de este vació legislativo es
de competencia de esta Convención que esta facultada
a modificar el sistema electoral en procura de un régimen
definitivo, y dictar las disposiciones transitorias que
faciliten el transito entre uno y otro sistema.
El cometido de la intervención federal concluirá
cuando terminen las funciones del Colegio Electoral eligiendo
Gobernador y Vicegobernador , pero de igual modo deberá
concluir aunque no logre este fin, si la Constitución
de la provincia previera un mecanismo que permite una
solución institucional no traumática y regular
como la que ponemos a consideración de la H. Convención.
ROBERTO GÓMEZ
CULLEN
NICOLAS GARAY
CARLOS A. CONTRERAS GÓMEZ
CARLOS REGUNAGA
LA HONORABLE CONVENCIÓN
CONSTITUYENTE SANCIONA CON FUERZA DE REFORMA CONSTITUCIONAL
LA SIGUIENTE DISPOSICION TRANSITORIA
ART. 1°:Para el
supuesto que el colegio electoral, por cualquier motivo,
no logra concretar la elección del gobernador y
vicegobernador de la provincia, asumirá el ejercicio
del Poder Ejecutivo el Vicepresidente 1° del Honorable
Senado o en su defecto el Presidente de la Honorable Cámara
de Diputados.
ART. 2°: El término del ejercicio de la función
del Gobernador Interino no podrá exceder de 8 (ocho)
meses, dentro de los cuales deberá cumplir los
pasos necesarios para convocar y concretar la nueva elección
de gobernador y vicegobernador de la provincia.
ART. 3°: La convocatoria deberá verificarse
después de concluida la Convención Constituyente
y con las normas que resulten de la misma.
ROBERTO GÓMEZ
CULLEN
CARLOS M. REGUNAGA
NICOLAS ALFREDO GARAY
CARLOS A. CONTRERAS GÓMEZ
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Tiene la palabra el señor convencional
Garay.
SR. GARAY. Señor
presidente, voy a ser breve, conforme lo dispuesto en
el artículo 95 del Reglamento, sin entrar en discusión.
Es necesario que esta Convención Constituyente,
que funciona paralelamente al Colegio Electoral y tiene
facultades, precisamente, para reformar el sistema electoral,
asuma una posición que pueda destrabar con una
cláusula transitoria, la posible frustración
de resolver este tema por parte del Colegio Electoral.
Esto nos animo a presentar este proyecto que evitaría
la continuidad de la Intervención en la hipótesis
de que el Colegio Electoral no cumpliera con su cometido
de elegir gobernador y vicegobernador.
Por estas razones solicito que este proyecto sea remitido
a la comisión competente.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Pasa a la Comisión N° 3 de Disposiciones
Transitorias.
Tiene la palabra el señor convencional Aquino.
SR. AQUINO. Señor
presidente, el bloque de la Unión Cívica
Radical, quiere expresar que no ha emitido opinión,
no porque no la tenga, sino porque entiende que implica
una violación reglamentaria entrar en la discusión
de un proyecto, cuyo tratamiento no fue solicitado, ya
que simplemente se requirió su pase a comisión.
Nosotros tenemos claro el tema y no impediremos, de ninguna
manera, su tratamiento, por estar de acuerdo con las circunstancias
que vive el pueblo. Nada más.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Invito a los convencionales Galiana y Garay
a arriar el Pabellón Nacional.
Puestos de pie los señores diputados constituyentes
y público presente, los señores convencionales
Galiana y Garay proceden a arriar el Pabellón Nacional.
SR. PRESIDENTE (Contreras
Gómez). Se levanta la sesión.
-Es la hora 21 y 26
ESC. MARIA ANGELICA SOSA CABRAL DE CIMA
Subdirectora Cuerpo de Taquígrafos
H. Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes
Dr. CARLOS A.
CONTRERAS GOMEZ
Presidente
Convención Constituyente
Dra. Margarita
Sánchez D'Andrea de Canteros
Secretaria
H. Convención Constituyente