Honorable Cámara de Diputados Provincia de Corrientes
Sistema de Diarios de Sesiones de la Convención Constituyente de 1993 - En Línea

Convención Constituyente de 1993


DIARIO DE SESIONES

H. CONVENCION CONSTITUYENTE

3 de Febrero de 1993

IX REUNION - 5ª. SESION ORDINARIA

PRESIDENCIA: del titular, convencional constituyente Dr. Carlos Alberto Contreras Gómez.
SECRETARIA: de la titular, Dra. Margarita Sánchez D'Andrea de Canteros.
PROSECRETARIA: del titular, Dr. Ciro Roberto Iglesia

CONVENCIONALES PRESENTES

ACEBAL, Oscar Ricardo
ACOSTA MUR, Luis Alberto
BRAILLARD POCCARD, Néstor P.
CANONIERO, Ricardo
CASTILLO ODENA, Tomas E.
COLOMBO, Horacio Alberto
CONTRERAS GOMEZ, Carlos A.
DASSORI, Oscar Enrique
DIAZ COLODRERO, Agustín
FERREIRA QUIROZ, Juan R.
GALIANA, Enrique Eduardo
GARAY, Nicolás Alfredo
GOMEZ, Carlos Maria E.
GOMEZ CULLEN, Roberto
INSAURRALDE, Walter Eduardo
LAHOZ, José Fernando
MIDON, Mario Antonio R.
MORAY, Héctor Luis
NAVAJAS ARTAZA, A. Felipe
PALMA, Juan Ramón
PANDO, Ana Maria
PARDO, Ángel Francisco
PEREZ, Conrado Rudy
QUEIROLO, Luis Antonio
REGUNAGA, Carlos Maria
REPETTO, Leonardo A.
RICER, Abraham
RODRÍGUEZ, Horacio Julio
RUIZ, Juan Alberto
SOSA, Manuel Félix
TANNURI, José Eduardo
TOMASELLA CIMA, C. Lorenzo
VALLEJOS AÑASCO de meza, DORA l.
VIUDES DE DAMONTE, Isabel J.
CONVENCIONAL AUSENTE
NICOLINI, Etheil Amaury

S U M A R I O
-Constatación del Quórum a sesionar.
-Izamiento del Pabellón Nacional.
-Orden del Día.
-Comunicaciones oficiales.
-Proyectos presentados por los señores convencionales.
-Expedientes en despacho de comisión que van a prensa.
-Asuntos a tratar.

En Corrientes a tres de Febrero de mil novecientos noventa y tres, reunidos en le recinto de sesiones de la H. Legislatura de la Provincia los señores convencionales y siendo las 20 y 27, dice él,

SR. PRESIDENTE. Por secretaria se pasara lista de los señores convencionales.
Así se hace, se constata la presencia de 31 señores diputados constituyentes y las ausencias de los señores convencionales Dassori, Díaz Colodrero, Galfrascoli, Insaurralde, Lahoz, Nicolini, Repetto y Ruiz.

SR. PRESIDENTE. Con la presencia de treinta y un señores diputados constituyentes, se inicia la sesión del día de la fecha.
Invito a los señores convencionales Adolfo Felipe Navajas Artaza y Ana Maria Pando a izar el Pabellón Nacional.
Puestos de pie los señores diputados constituyentes, personal y público asistente, izan el Pabellón Nacional los convencionales Navajas Artaza y Pando.(Aplausos).

SR. PRESIDENTE. Se omite la lectura del Orden del Día cuya inserción se hará en el Diario de Sesiones.

ORDEN DEL DIA

1-COMUNICACIONES OFICIALES.

2-COMUNICACIONES PARTICULARES.

3-PROYECTOS PRESENTADOS POR LOS SEÑORES CONVENCIONALES.
*Sujeto a recepción.

4-EXPEDIENTES CON DESPACHO DE COMISION QUE VAN A PRENSA.
*Sujeto a recepción.

5-EXPEDIENTES PARA TRATAR.

1- Exptes. 013 y 004/93. Despacho de la comisión de Sistema de elección de Gobernador y Vicegobernador y de las Secciones Electorales por el cual aconseja la sanción favorable del proyecto de reforma bloque de UCR que propone distrito único para la elección de diputados y senadores, y proyecto de resolución de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista que modifica los art. 36 inc. 2, 83 inc. 25, 108 al 124 y 181 inc b).
2- Exptes. 014 y 004/93. despacho de la comisión de Sistema de Elección de Gobernador y Vicegobernador y de las Secciones Electorales por el cual se aconseja la sanción favorable del proyecto de reforma del bloque de la UCR que suprime la palabra "electores"en el art. 83 inc 25, Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista propicia proyecto de reforma que modifica los arts. 36 inc. 2, 83 inc. 25, 108 al 124 y 181 inc. b)

DRA. MARGARITA SÁNCHEZ D'ANDREA DE CANTEROS
SECRETARIA
H. CONVENCIÓN CONSTITUYENTE

SR. PRESIDENTE. Por secretaria se dará a conocer las Comunicaciones Oficiales recibidas.
Nota de la comisión 3 de Disposiciones Transitorias y de Ordenamiento Constitucional, que aconseja el pase al archivo de los expedientes 06, 07 y 08/93.

SR. GOMEZ CULLEN. Pido la palabra señor presidente.

SR. PRESIDENTE. Tiene la palabra el señor diputado constituyente Gómez Cullen.

SR. GOMEZ CULLEN. Como el pase al archivo de los tres expedientes que se acaban de mencionar no figuran en el Orden del Día y habiéndose omitido el tratamiento necesario que previamente debe tener toda la moción de tratamiento sobre tablas -por lo menos aun no se ha pedido- entiendo que es prematuro su pase al archivo, ello no consta en ningún despacho de comisión, por no tener dictamen -repito-
En consecuencia, por disposiciones reglamentarias, por no existir despacho de comisión de dichos expedientes y en razón de que no han perdido actualidad, voy a mocionar para que los citados proyectos queden aún en comisión.

SR. PRESIDENTE. En consideración la moción del señor diputado constituyente Gómez Cullen.
-Aprobado.

SR. PRESIDENTE. Aprobado.
Expediente 025/93: bloque de diputados constituyentes de la Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista, propicia proyecto de reforma que deroga los artículos 108 a 124 de la Constitución Provincial.

SR. COLOMBO. Señor presidente, oportunamente fundamentaré el proyecto presentado.
Ingresan en el recinto y ocupan sus bancas los diputados constituyentes Dassori, Galfrascoli, Díaz Colodrero, Insaurralde, Lahoz, Repetto y Ruiz.
Expediente 026/93: bloque de diputados constituyentes Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista, propicia proyecto de reforma que declara derogadas las disposiciones transitorias de los artículos 180, 182, 183, 184, 185, 186 y 189 de la Constitución Provincial de 1960.
Queda reservado en Secretaria a pedido del diputado constituyente Ricer.

SR. COLOMBO. Pido la palabra señor presidente.

SR. PRESIDENTE. Tiene la palabra el señor diputado constituyente Colombo.
SR. COLOMBO. Señor presidente solicite la palabra para fundamentar el proyecto presentado como expediente 025/93.
Con el presente proyecto, el bloque de la Alianza pretende la reforma de los artículos 108 al 124 de la Constitución Provincial. En este proyecto, tal como lo sostuvimos anteriormente, se dispone la elección directa de gobernador y vicegobernador por simple mayoría de sufragios; tambien se hace referencia a la convocatoria de elecciones, a la fecha en la que se debe realizar la elección, los pasos que debe seguir la Junta Electoral. Así mismo están previstos los pasos que debe seguir la mencionada Junta en el supuesto caso de empate en la elección y demás circunstancias que rodean a la elección de gobernador y vicegobernador, hasta el momento en que estos asuman.
En este sentido, señor presidente , hemos analizado la posibilidad de la incorporación de dos temas que creemos fundamentales y no contradicen el espíritu de la constitución -may concretamente- de la reforma constitucional, que se refieren a la declaración jurada patrimonial y a la Intervención Federal.
En lo que atañe a la declaración jurada patrimonial, la incorporación de esta norma llenara un vacío legislativo; es bien sabido que algunas constituciones provinciales ya la tienen. En el proyecto se establece que los integrantes de los órganos superiores de los tres Poderes del Estado -incluidos los municipios- deben presentar la mencionada declaración.
Quizás, estos temas -como el de la Intervención Federal- puedan originar algún tipo de controversia en cuanto a la procedencia de su inclusión en el temario de la reforma. No obstante, señor presidente, más allá de lo que pueda decidir la comisión o comisiones, en este caso, creemos necesario plantear esta inquietud para que quede registrado el espíritu de la Convención.
En lo que se refiere a la Intervención Federal, también seguimos la corriente general de las constituciones provinciales -entre ellas la de Misiones, Santiago del Estero y La Rioja- en el sentido de establecer los efectos de los actos de la Intervención Federal y la validez de ellos, cuando se sustenten, apliquen y efectúen de acuerdo con la Constitución Provincial y a las leyes provinciales.
Este proyecto fue girado a la comisión 1 y tengo entendido que la copia está anexada a los proyectos anteriores. De cualquier manera quería fundamentar brevemente, para que se entienda cual es la posición que tenemos los autores del proyecto y para que -de alguna manera- siempre y cuando no se incorpore al régimen constitucional, se tenga como antecedente para futuras reformas. Nada más.

SR. PRESIDENTE. Pasa a la comisión 1. Tiene la palabra el diputado constituyente Ricer para fundamentar el expediente 026/93.

SR. RICER. Señor presidente, dentro de la ley 4593 figuran como normas sujetas a la declaración de necesidad de reforma, las Disposiciones Transitorias de la Constitución sancionada en 1960.
Si bien pareciera que es muy prematuro hablar de disposiciones transitorias, lo cierto es que el tiempo apremia y que hay ciertas disposiciones de la Constitución de 1960 que indudablemente deben ser derogadas, como -por ejemplo- las que se refieren a los artículos 180, 186 y 189, porque ya han sido sancionadas por la Legislatura de la Provincia, la ley de los Partidos Políticos, la ley de Amparo y el Código Contencioso Administrativo.
De modo que no es necesario el mantenimiento de esas normas de carácter transitorio. También han perdido validez los artículos 182, 183, 184 y 185 porque se refieren a situaciones y fechas que han quedado superadas.
Entonces, señor presidente, quedan nada mas que tres normas transitorias -las que contenidas en los artículos 181, 187 y 190- las que deben quedar supeditadas a lo que resuelva esta convención constituyente, como son las que se refieren al art. 36 inciso 2), al artículo 187 sobre el régimen municipal y al artículo 190 sobre la fecha de entrada en vigencia de las reformas y sanciones de esta Convención Constituyente. Nada más.

SR. PRESIDENTE. Pasa a la comisión N° 3.
Entramos a considerar el Orden del Día.
Por secretaría se dará lectura al despacho de comisión -en minoría- de los expedientes unificados 013 y 04/93.

EXPEDIENTES 013/93 Y 004/93

HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE:
Vuestra comisión de SISTEMA DE ELECCIÓN DE GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR Y DE LAS SECCIONES ELECTORALES, han estudiado exhaustivamente el expediente caratulado: "Bloque de la UCR propone distrito único para la elección de Diputados y Senadores Provinciales" y Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista propicia proyecto de reforma que modifica los arts. 36 inc. 2, 83 inc. 25, 108 al 124, 109 y 181 inc. b) de la Constitución Provincial, en lo pertinente.
Por la consideraciones que os dará el señor miembro informante designado al efecto, os aconseja prestéis sanción favorable al siguiente proyecto de reforma:

LA HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE SANCIONA CON FUERZA DE REFORMA

Art. 1°.-DERONGASE los arts. 36 inc. 2 y 181 inc a) y b) de la Constitución vigente. Establecese como nuevo texto del art. 36 inc. 2 al siguiente: "El territorio de la Provincia se constituye en distrito único a los fines de la elección de Diputados y Senadores Provinciales".

Art. 2°.-DE FORMA.
Dado en la Sala de Comisiones de la Honorable Convención Constituyente a los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres.
MARIO ANTONIO R. MIDON

SEÑORA SECRETARIA:
Con el dictamen de la comisión interviniente, pasa a sus efectos.
Sirva la presente de atenta nota.
SECRETARIA DE COMISIONES, 29 de enero de 1993.
MARIO A. FERNÁNDEZ CORONA
Secretario de Comisiones
H. CONVENCIÓN CONSTITUYENTE

SR. PRESIDENTE. Seguidamente por Secretaria, se dará lectura al despacho de comisión -en mayoría- de los expedientes unificados 013 y 004/93.
EXPEDIENTES 013/93 Y 004/93
HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE:
Vuestra comisión N° 1 Sistema de Elección de Gobernador y Vicegobernador y de la Secciones Electorales, ha estudiado exhaustivamente los expedientes 013/93 Bloque de la UCR propone distrito único para la elección de Diputados y Senadores Provinciales y 004/93 Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista propicia proyecto de reforma que modifica los artículos 36 inc. 2, 83 inc. 25, 108 al 124, 109 y 181 inc. b) de la Cosntitución Provincial.

FUNDAMENTOS
Se encuentra sujeto a reforma el art. 36 inc. 2 de la Constitución Provincial que en su texto actual dice: El territorio de la Provincia se constituye de una o mas secciones y distritos electorales, a los efectos de la organización y funcionamiento de los comicios.
El nuevo texto que se propone es el siguiente: Artículo 36 inc.2 el territorio de la Provincia a los efectos de la organización y funcionamiento de los comicios, se constituye de una seccion o distrito electoral para la elección de diputados y de tres o mas para la elección de senadores.
Se establece con esta redacción el mantenimiento del sistema actual, que otorga una base diferente de representación a la Cámara de Diputados y de la de Senadores.
Dentro de la hermenéutica de la Constitución este texto, al ser incorporado al Capitulo de Bases para la Ley Electoral. Se comparece con el artículo 181 inc b), posibilitando que, oportunamente y por la vía legislativa ratifique o modifique la composición actual de las secciones electorales.
Por estas consideraciones y la que os dará el señor miembro informante, designado al efecto, os aconsejamos prestéis sanción favorable al presente proyecto de reforma.

LA HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE SANCIONA CON FUERZ DE REFORMA

Art.1.- MODIFICASE el texto del art. 36 inciso 2, el que quedara redactado de la siguiente manera: El territorio de la Provincia, a los efectos de la organización y funcionamiento de los comicios se constituye de una sección o distrito electoral para la elección de Diputados y de tres o mas para la elección de Senadores.
Art. 2.- DE FORMA.

DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA HONORABLE CONVENCIÓN CONSTITUYENTE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.

NESTOR PEDRO BRAILLARD POCCARD
NICOLAS GARAY
CARLOS REGUNAGA
JUAN RAMON PALMA
HORACIO ALBERTO COLOMBO

SEÑORA SECRETARIA:
Con el dictamen de la comisión interviniente, pasa sus efectos.
Sirva la presente de atenta nota.
SECRETARIA DE COMISIONES, 29 de enero de 1993.
MARIO A. FERNÁNDEZ CORONA
Secretario de Comisiones
H. CONVENCIÓN CONSTITUYENTE
SR. PRESIDENTE. Tiene la palabra el señor miembro informante, diputado constituyente Garay.

SR. GARAY. Señor presidente, quiero formular una moción de orden para que vuelva a comisión este despacho por el siguiente motivo, la nota esencial de esta Convención Constituyente es su pluralismo, no solamente en cuanto a su número sino en lo que respecta a las representaciones políticas.
Ese pluralismo se refleja en los proyectos, en la amplitud y flexibilidad de criterios puestos de manifiesto en la búsqueda de síntesis.
Ello es lo que permite -justamente- que tratemos los citados proyectos en un solo despacho. Pero hoy no estamos en condiciones de debatirlos en atención a que algunos sectores políticos -particularmente el Frente de la Esperanza- aun no tienen definido el tema.
A ciencia cierta se ha preferido que este tema sea tratado nuevamente en comisión, a los efectos de encontrar conjuntamente con las tres bancadas esa síntesis que mencioné, teniendo en cuenta que el margen de flexibilidad en estos temas debe ser de la mayor amplitud. Debemos acceder a este pedido, ya que lo hemos conversado también con la bancada de la Unión Cívica Radical.
En síntesis, por los acuerdos realizados entre las bancadas solicito, conforme a lo dispuesto en el artículo 100, inciso 7 del Reglamento, que vuelva a comisión ese despacho que debió tratarse hoy -estoy refiriéndome al tema del artículo 36 inciso 2), que tiene dos despachos- ello lógicamente si están de acuerdo.

SR. PRESIDENTE. Tiene la palabra el señor diputado constituyente Pardo.

SR. PARDO. En nombre de la bancada del Frente de la Esperanza adelanto el voto favorable a la iniciativa del constituyente Garay, en el sentido de que este proyecto vuelva a comisión.
Simplemente quiero destacar que este bloque tiene una opinión formada en cuanto al asunto, lo que si, faltaría compatibilizar es una serie de características en la reglamentación del tema y -en cuanto al tratamiento del segundo expediente- la eliminación de la palabra elector, más aun teniendo en cuenta que todavía no se ha eliminado el Colegio Electoral.
Por eso estamos de acuerdo en que pase a comisión y lo tratemos el próximo viernes si hay acuerdo.

SR. PRESIDENTE. El viernes va a surgir el mismo problema respecto a la elección de gobernador y vicegobernador...

SR. PARDO. Señor presidente, concretamente debe deslindarse el sistema de elección de gobernador y vicegobernador. Una vez que tengamos eso, necesariamente vamos a tener que eliminar la palabra "elector" y después "Colegio Electoral". Tenemos que definir -primero- cual va a ser el sistema por el que se va a expedir la Convención Constituyente en cuanto a la elección de gobernador y vicegobernador..

SR. PRESIDENTE. Concretamente, señor diputado constituyente, la moción es que vuelvan a comisión los dos despachos.

SR. PARDO. Son dos despachos sobre el mismo tema...

SR. PRESIDENTE. Tiene la palabra el señor diputado constituyente Colombo.

SR. COLOMBO. La moción del señor constituyente Garay es respecto a los dos despachos de comisión referidos únicamente a los distritos electorales. El señor diputado constituyente Pardo incorpora también el artículo 83 inciso 25), en consecuencia, lo que corresponde es que en primer termino se vote la vuelta a comisión de los dos despachos en tratamiento y -posteriormente- el convencional Pardo pida el aplazamiento del tratamiento del siguiente tema.

SR. PRESIDENTE. Aprobado. Vuelve a la comisión respectiva.
Tiene la palabra el señor diputado constituyente Pardo.

SR. PARDO. Por los motivos expuestos hago el mismo planteamiento respecto del segundo punto del Orden del Día, que se someta a consideración su vuelta a comisión.

SR. PRESIDENTE. En consideración la moción del diputado constituyente Pardo.
-Aprobado.

SR. PRESIDENTE. Aprobado. Vuelve a la comisión respectiva.
Tiene la palabra el señor diputado constituyente Sosa.

SR. SOSA. Señor presidente: es para aclarar algo a efectos de evitar confusiones.
En el Orden del Día se citan los expedientes 013/93 y 004/93 y los expedientes 014/93 y 004/93.
En el caso del expediente 004/93 que fue presentado en su oportunidad por la Alianza Pacto Autonomista-Liberal-Demócrata Progresista, no solamente entraba en tratamiento la propuesta del artículo 36 inciso 2) sino también lo referido a las modificaciones del régimen electoral para la elección de gobernador y vicegobernador; hoy nos encontramos con que el diputado constituyente doctor Colombo, fundamenta un nuevo proyecto que yo entiendo seria ampliatorio del que originariamente se encuentra bajo el número 004.
Por eso entiendo -para tener objetividad en la confección del Orden del Día- que es necesario explicar a que punto se refiere el despacho pertinente, evitando dar exclusivamente el número para que así no se produzca la confusión que se dio con el expediente 004/93 - a que hice referencia- donde no solamente se trataba el artículo 36 inciso 2) y el artículo 83 inciso 25) sino también estaba incluida la modificación al régimen electoral para la elección de gobernador y vicegobernador, -que son los artículos que van del 108 al 124- y el artículo 181 inciso b).
Creo que de esa manera podríamos tener un mejor manejo, un mayor orden y un conocimiento mas claro.

SR. PRESIDENTE. Tiene la palabra el señor diputado constituyente Colombo.

SR. COLOMBO. Ambas secretarias de Comisiones han adoptado un criterio bastante acertado en este punto, por cuanto un expediente se refiere a mas de un tema. Vale decir, que cada proyecto va a mas de una comisión. Se ha sacado la cantidad suficiente de fotocopias para que los expedientes sean tratados en esas comisiones como temas independientes.
En consecuencia, cuando nos referimos al expediente 004/93 lo hacemos con respecto al tema, objeto del despacho de la comisión.
Con esto queda subsanado el inconveniente de la Secretaria de Comisiones en el caso del expediente 004/93, que se refiere a la modificación del artículo 83 inciso 25) y artículo 36 inciso 2) para la elección de gobernador y vicegobernador. Repito se han sacado fotocopias necesarias para el tratamiento de cada uno de los temas.
Estimo que no habrá inconveniente con la aclaración dada -a través de la Presidencia- al señor constitúyete doctor Sosa.

SR. PRESIDENTE. Por secretaria se toma nota de las aclaraciones hechas por los señores diputados constituyentes Sosa y Colombo.
Invito a la señora diputada constituyente Pando y al diputado constituyente Navajas Artaza a arriar el Pabellón Nacional.
Puestos de pie los señores convencionales, personal y público presente, proceden a arriar el Pabellón Nacional los señores diputados constituyentes Pando y Navajas Artaza.

SR. PRESIDENTE. Se levanta la sesión.
Es la hora 20 y 55.

ESC. MA. ANGELICA SOSA CABRAL DE CIMA
Subdirectora Cuerpo de Taquígrafos
H. Cámara de Diputados de la
Provincia de Corrientes.
A/c Dirección

Dr. CARLOS A. CONTRERAS GOMEZ
Presidente
H. Convención Constituyente

Dra. Margarita Sánchez D'Andrea de Canteros
Secretaria
H. Convención constituyente




 

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